CALIDAD EN TODOS NUESTROS SERVICIOS

SATA posee los certificados de calidad ISO 9001 desde el año 2001, e ISO 14001 desde el año 2007, y está evaluada en SQAS (Safety and Quality Assessment System) desde el año 2003 por el CEFIC, que abarca campos tan importantes como Calidad, Seguridad, Medio Ambiente y Riesgos Laborales.

Desde al año 2014 tiene la certificación GMP para el transporte de mercancías destinadas a la fabricación de mercancías para el consumo animal.

Consideramos la Calidad en la prestación del servicio, como el resultado de la correcta gestión, evaluación de proveedores, comercialización, servicio al Cliente y controles internos siendo respetuosos con el medio ambiente.

Estamos por tanto comprometidos en la mejora continua de un Sistema de Gestión basado en las normas ISO 9000 0 e ISO 14000.

La responsabilidad principal del Sistema de Gestión recae en la gerencia de la empresa, que orienta la gestión de la misma hacia la calidad de sus operaciones y servicios, la seguridad de sus actividades y operaciones, la salud de sus empleados y la protección del medio ambiente.

Para conseguir la implantación, eficacia y mejora continua del Sistema de Gestión de SATA es imprescindible el apoyo incondicional de todos nuestros empleados. Cada uno de ellos es Responsable de la Calidad y Medio Ambiente de su trabajo, del cumplimiento de las medidas de seguridad, de la protección al medio ambiente y está comprometido con el éxito de esta POLÍTICA.

Para el cumplimiento de esta Política se establecen los siguientes compromisos:

  1. La mejora continua de todas nuestras actividades y servicios relacionados con la Calidad, el Medio Ambiente y la Prevención de Riesgos Laborales.
  2. Realizar la prestación del servicio de transporte acorde a las necesidades de los clientes, haciendo gran hincapié en los cumplimientos de los plazos de entrega y manteniendo las condiciones adecuadas de seguridad en el trabajo para conseguir la satisfacción de nuestros clientes.
  3. El cumplimiento de todos los requisitos legales y reglamentarios que afecten a nuestra actividad en materia de medio ambiente y en materia de prevención de riesgos laborales, así como con aquellos requisitos que nuestra sociedad suscriba.
  4. La prevención de la contaminación se considera básica para el correcto desarrollo de nuestras actividades